Supersociedades. Los correos electrónicos deben conservarse por 10 años.
Supersociedades. Se resuelven varios interrogantes en relación con la correspondencia por medio de correos electrónicos de una sociedad (es decir, los correos electrónicos enviados y/o recibidos) y su relación con el cumplimiento de la norma establecida en el artículo 54 del Código de Comercio.