Para la información exógena del año gravable 2015, las personas jurídicas con ánimo de lucro, las empresas comunitarias, las cooperativas de todo tipo y los fondos de empleados deben presentar el formato 1010, siempre y cuando en el 2013 hayan obtenido ingresos brutos superiores a $100.000.000. En dicho reportes deben informar a todos los socios, accionistas, cooperados, comuneros o asociados cuyos aportes que a diciembre 31 del 2015 tengan un valor nominal superior a $1.000.000.
En esta obra, el Dr. Diego Guevara Madrid, Líder de Investigación Contable y Tributaria de actualicese.co, expone los puntos más importantes que deben conocer y tener presentes todos aquellos que tengan la obligación de responder por la información del año gravable 2011 que la DIAN ha solicitado a través de sus resoluciones 11423 a 11430 de octubre 31 de 2011 (quiénes están obligados, cuánta información tiene que entregar cada reportante, la forma de hacerlo, los plazos, las sanciones a que se expone, etc.).
El pasado 28 de julio de 2009, la Dian expidió las Resoluciones 7929 a 7936, en las cuales se señala la Información que por el 2009, reportarán las Entidades Financieras, las Cámaras de Comercio, las Bolsas de Valores, los Comisionistas de Bolsa, la Registraduría Nacional, los Notarios, los Tipógrafos y las empresas públicas y privadas.
El pasado 28 de julio de 2009, la Dian expidió las Resoluciones 7929 a 7936, en las cuales se señala la Información que por el 2009, reportarán las Entidades Financieras, las Cámaras de Comercio, las Bolsas de Valores, los Comisionistas de Bolsa, la Registraduría Nacional, los Notarios, los Tipógrafos y las empresas públicas y privadas.