Realicé un contrato de obra civil con una sociedad Ltda. y quedó pendiente su pago. Dicho cliente se transformó de Ltda. a SAS. El gerente de la actual SAS dice que no paga, pues el cambio de Ltda. a SAS no le permite pagar cuentas anteriores. ¿Eso es cierto?
Hemos realizado un contrato de obra civil con un responsable del régimen simplificado, en el contrato no se estipula el AIU. ¿Debo retener el 1% por renta y cómo calculo la retención del IVA? no tengo base de AIU.