Preocupados por las dudas que siguen presentándose en torno a la obligación de una persona natural de llevar o no contabilidad, sobre todo si tiene ingresos distribuidos como empleado, trabajador por cuenta propia o recibe porcentajes de dividendos, aquí mencionamos algunas consideraciones.
Aun cuando la persona natural se encuentra obligada a controlar en sus estados financieros la totalidad de activos y pasivos que reposan bajo su titularidad, independientemente de la destinación de los mismos, esta puede seccionar para efectos internos la información que presenta.
En el proceso de convergencia hacia nuevos marcos contables normativos, ha sido recurrente la pregunta sobre el tratamiento de los bienes de uso personal de las personas naturales en sus estados financieros bajo Estándares Internacionales. En este editorial orientamos al respecto.