¿Es viable que si de 7 u 8 personas que inician un consejo administrativo, 3 o 4 terminen tomando decisiones trascendentales ya que los restantes han renunciado al cargo? Si no es así, ¿qué se puede hacer con estas decisiones de tipo económico y administrativo?
Un Conjunto Residencial no tiene cerramiento, pero tiene licencia para hacerlo. Al cerrarlo, ¿le pueden cambiar el estrato y por ende incremento en servicios públicos? ¿En P.H. se pueden conformar planchas con postulados al Consejo Administrativo?
Un miembro del consejo administrativo y que está en representación de sus padres, ¿puede ser desvinculado de este organismo porque no vive dentro del conjunto?
Responde:
Dr. Alexander Coral (Lider de Investigación Legal de actualicese.co)
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