El Ministerio del Trabajo determinó el procedimiento que deberán surtir los empleadores para solicitar la autorización de despido de trabajadores en condición de discapacidad, estableciendo que dicha autorización deberá solicitarse indistintamente del motivo de terminación del contrato de trabajo.
Corte Constitucional. Indicó que la acción de tutela es procedente para garantizar el subsidio de vivienda a una persona en condición de discapacidad.
Corte Constitucional. Declaró inexequible la expresión “esto es, que no tienen ingresos adicionales,” del articulo 47 literal C de la Ley 797 del 2003.