Consejo Técnico de la Contaduría Pública. Algunas consideraciones sobre el reconocimiento y tratamiento contable de la emisión de acciones preferenciales bajo el Estándar Internacional para Pymes son expuestas en este concepto del CTCP.
Entidad que suscribe un acuerdo mediante el cual se formalizó la emisión de las acciones preferentes, debe revisar las condiciones y establecer si se trata de un instrumento financiero compuesto, el cual, si es el caso, deberá ser contabilizado tal como está establecido en los párrafos 22.13 a 22.15 de las NIIF para las Pymes.