La división material de inmuebles es un proceso cuyo objetivo es poner fin a comunidades singulares, es decir, a propiedades horizontales; en este tipo de trámites, cualquiera de los comuneros puede solicitar que el inmueble se divida o se venda, siempre que tenga las calidades para hacerlo.
Para la información exógena del año gravable 2015, las personas jurídicas con ánimo de lucro, las empresas comunitarias, las cooperativas de todo tipo y los fondos de empleados deben presentar el formato 1010, siempre y cuando en el 2013 hayan obtenido ingresos brutos superiores a $100.000.000. En dicho reportes deben informar a todos los socios, accionistas, cooperados, comuneros o asociados cuyos aportes que a diciembre 31 del 2015 tengan un valor nominal superior a $1.000.000.