La declaración de renta del año gravable 2017 reflejará los cambios introducidos por la reforma tributaria de 2016, estableciendo así la creación de un sistema cedular para clasificar los ingresos.
Los artículos 1 a 8 del Decreto 2250 de diciembre 29 de 2017 efectuaron 21 ajustes al DUT 1625 de 2016 estableciendo reglas especiales e imperfectas sobre la cedulación y otros temas del impuesto de renta de las personas naturales, novedades que fueron introducidas por la Ley 1819 de 2016.
Luego de analizar las diversas modificaciones planteadas por la reforma tributaria, Ley 1819 de 2016, planteamos cuatro grandes equivocaciones que se presentaron y sobre las cuales, sin duda, la DIAN tomará nota.
Las normas introducidas por la Ley 1819 de diciembre 29 de 2016 para establecer el nuevo sistema cedular con que se liquidará, a partir del año gravable 2017, el impuesto de renta de las personas naturales y sucesiones ilíquidas residentes contienen varios vacíos y equivocaciones importantes, algunas de las cuales solo podrán ser corregidas mediante una nueva ley.