Según el Código de Ética del Consejo de Normas Internacionales de Ética para Contadores, existen cinco (5) clases de amenazas contra los principios fundamentales de ética profesional.
La persona natural o jurídica que preste servicios de revisoría fiscal a una empresa no podrá simultáneamente prestarle servicios como los de asesoría tributaria y financiera, asesoría para la implementación de Estándares Internacionales, outsourcing contable o manejo de nómina a su cliente.
Es frecuente que los directivos de la empresa cliente ejerzan presión indebida sobre el revisor fiscal para que no informe oportunamente las irregularidades que detecte. Esta presión a veces se da de manera directa, pero en la mayoría de ocasiones se ejerce de manera indirecta y velada.
Al ejercer durante un período largo una revisoría fiscal, el contador público corre el riesgo de convertirse en amigo de los directores y otros empleados de la empresa, sin darse cuenta. Esto puede generar una complacencia con ellos, impidiéndole cumplir adecuadamente con la necesaria independencia.
Es prácticamente imposible que el revisor fiscal tenga la suficiente independencia cuando quienes eligen la junta directiva y el gerente eligen también al revisor fiscal. Este revisor fiscal queda pegado a la junta directiva y, quiéralo o no, se siente obligado a estar de acuerdo con ella.
En general, existen varias amenazas contra la independencia del contador público cuando lleva a cabo labores de revisión y de aseguramiento. Las más frecuentes y notorias son: el sistema de elección, la mala remuneración y la dependencia en alto porcentaje de una sola revisoría fiscal.
La independencia se refiere a la actuación imparcial del revisor fiscal o del auditor y los integrantes de su equipo de trabajo, sin sesgos y sin dejarse afectar por presiones, para que puedan expresar sus conclusiones sin que nada comprometa su juicio profesional.