La incapacidad permanente parcial se presenta en los casos en que el afiliado al Sistema General de Riesgos Laborales sufre una disminución parcial, pero definitiva igual o superior al 5%, pero inferior al 50% en alguna de sus facultades para realizar las actividades de su trabajo habitual, como consecuencia de un accidente de trabajo o de una enfermedad de origen profesional.
Ministerio del Trabajo. Por el cual se expide el Manual Único para la Calificación de la Pérdida de la Capacidad Laboral y Ocupacional.
¿Cómo hacer la liquidación de una indemnización por pérdida de capacidad laboral, por incapacidad permanente parcial?