Si un contribuyente posee bienes en moneda extranjera está en la obligación de informarlos en la Declaración de Renta del AG 2020 para después no ser requeridos por la Dian. No obstante, es importante saber con cuál tasa de cambio se debe calcular su valor patrimonial, para no informar datos erróneos.
Para determinar el valor patrimonial de los bienes y créditos poseídos en moneda extranjera los contribuyentes deben valorarlos en moneda nacional el último día del año o período gravable tomando la tasa oficial de cambio que rija en ese momento, tal como lo indica el artículo 269 del ET.