El CTCP reitera que el Decreto 0302 de 2015 es para la aplicación de los profesionales de la contaduría pública que desarrollan actividades de aseguramiento.
El CTCP reitera que cuando los usuarios de los servicios de revisoría fiscal consideran que el profesional prestador del servicio ha puesto en riesgo los intereses de la entidad, estos pueden presentar una queja formal ante el tribunal disciplinario de la Junta Central de Contadores.
El CTCP reitera que en cuanto a la decisión de continuidad de la prestación de servicios de revisoría fiscal a una persona jurídica sobre la cual recae una extinción de dominio como es la del presente caso de consulta, dicha decisión debe ir alineada a las políticas establecidas en la NICC 1.
El CTCP trae a colación el concepto 468 del 2017 en el cual se estipula que los desembolsos incurridos para la formación de activos intangibles generados internamente deben ser registrados como gasto en el estado de resultados tanto en la etapa de investigación como en la de desarrollo.
Mediante la presente se precisa que, en cuanto a las correcciones voluntarias, el contribuyente está facultado para modificar los rubros inicialmente declarados y rehacer su declaración. De igual manera, se indica que en las correcciones provocadas se restringen dichas facultades a la aceptación total o parcial de las glosas planteadas.