Cuando se habla de facturar electrónicamente se hace referencia a que la factura es entregada al adquiriente.
Esta debe estar acompañada por un mensaje de validación firmado por la Dian. A continuación, profundizamos en este tema.
Cuando se habla de facturar electrónicamente se hace referencia a que la factura es entregada al adquiriente. Esta debe estar acompañada por un mensaje de validación firmado por la Dian. A continuación profundizamos en este tema.
Con la Ley de reforma tributaria 1819 de 2016, con la cual se efectuaron modificaciones al artículo 616-1 del ET, la factura electrónica, que solo se consideraba como un documento equivalente, fue reconocida como factura de venta, por lo cual se instauran nuevos lineamientos para su elaboración.