La Asamblea de Propietarios expresamente debe votar y decidir si las ventas que se realizan al interior de un apartamento se pueden o no. Además, si el máximo órgano lo permite el administrador no puede oponerse.
Hay que remitirse al artículo 34 de la Ley 675 de 2001 para darse cuenta que ni el administrador ni el consejo de administración pueden condonar, perdonar o reducir los intereses cuando hay mora en una P.H.
El administrador es el llamado a controlar los inconvenientes que se pueden presentar con el tema de los parqueaderos de la propiedad horizontal. El parqueadero es un requisito que se le pide a las constructoras para conceder la licencia de edificación.
Si un administrador de una P.H. se niega a recibirle el valor que un Juez ordenó por medio de sentencia, que pertenece a una deuda, puede pagarle al mismo Juez, y él dará un paz y salvo.
Si se presenta una situación calamitosa, el administrador debe realizar una asamblea extraordinaria de propietarios y allí se le pedirá autorización al máximo órgano social si se puede tocar la plata, o no, del fondo de imprevistos.
Lo que si no dice la ley es la cantidad de días que tiene el Administrador para contestar una petición realizada por el Consejo de Administración o por un propietario. Nuevo Código Administrativo y Constitución Nacional hablan de 15 días.
Así el Contador esté vinculado por contrato de prestación de servicios o laboral, no puede representar acciones de un accionista o socio ausente y por analogía, tampoco lo podría hacer en una Propiedad Horizontal.
En época de Asambleas de Accionistas, Asambleas de Copropietario y Juntas de Socios, muchos asociados no pueden asistir, por lo que otorgan poder a un tercero para que los represente. Si bien eso es válido, hay ciertos asociados o funcionarios, que no pueden representar a nadie.
La Ley 675 de 2001 está cumpliendo este mes 10 años de vigencia. Y teniendo en cuenta de la importancia de realizar Asambleas en la copropiedad, aquí presentamos una serie de puntos importantes que hay que tener en cuenta a la hora de realizarla.
Al momento de construir un edificio o conjunto residencial, y mientras son vendidos los inmuebles privados, debe existir un administrador provisional. Aquí le explicamos las características de esta figura.
Cuando se construye un edificio o conjunto sometido a propiedad horizontal y mientras son vendidos los inmuebles privados, debe existir un Administrador Provisional. ¿Quién lo nombra, hasta donde va su nombramiento, que funciones tiene, puede cobrar expensas?
Tener muchas responsabilidades sobre los hombros no es tarea sencilla y más cuando se está en los pantalones de un Administrador. El problema aparece cuando se piensa que un Conserje puede realizar las mismas funciones. Craso error.