Se realizó un contrato de anticresis sobre una vivienda por un término de 2 años, prorrogado por 2 años más; obviamente el deudor-propietario, se despreocupó sobre el mantenimiento del inmueble. Vencido el contrato, el deudor no reclamó su inmueble y el acreedor lo siguió ocupando por 8 años más. ¿Puede el acreedor reclamar el pago de mejoras y algo más?
Responde:
Dr. Alexander Coral (Líder de Investigación Legal de actualicese.co)