Ahora sí se podrá escribir que la factura de venta se asimila a una letra de cambio, pues era un error común y corriente encontrar facturas que no contenían los requisitos del artículo 774 del Código de Comercio diciendo que se asimilan a letras de cambio si ni siquiera decían “facturas cambiarias de compraventa” que era el primer requisito del precitado artículo.
Pues bien, ahora existe la ley 1231 del pasado 17 de julio y entrará en vigencia tres meses después de su promulgación y ha modificado sustancialmente lo que se conocía como factura.
GUSTAVO ADOLFO LOPEZ DIAZ
Contador Público
Revisor Fiscal Nacional de la Federación Colombiana de Colegios de Contadores Públicos.
Gerente de ACTIVOS LTDA – Pasto
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