Superintendencia de Sociedades
Oficio 220-031119
Febrero 26 de 2018
La Supersociedades precisa que, al ser la sucursal una extensión de la sociedad en el exterior que adolece de personería jurídica, su liquidación se circunscribe a la liquidación de los negocios en el territorio nacional, mediante la venta de los bienes afectos a la actividad realizada en el país por la sociedad extranjera.