Una empresa se creó en el año 2014 bajo la Ley 1429 del 2010, y en el 2015 se presentó la declaración y se realizó el pago de la totalidad del impuesto de renta (sin el beneficio de progresividad en el pago de este impuesto). ¿Aún es posible enviar la documentación correspondiente y obtener el beneficio tributario en renta?