El proyecto de ley que acaba de presentar el Gobierno para tapar el hueco fiscal contiene medidas puntuales destinadas a obtener recaudos mediante los mecanismos más fáciles. No los más técnicos. Es una situación que infortunadamente se repite con frecuencia, porque no existe voluntad política para hacer la reforma tributaria que necesita el país. No obstante, la propuesta contiene algunas novedades que vale la pena analizar.
En primer lugar, el impuesto de patrimonio se llamará ahora impuesto a la riqueza. Este gravamen, basado en el valor de los bienes que poseen los contribuyentes, no es técnicamente bueno por varias razones. Primera, porque todo tributo en cabeza de las sociedades es regresivo, teniendo en cuenta que los accionistas o dueños terminan tributando todos a la misma tarifa, sin consideración a su capacidad económica; en este caso incrementa la regresividad del impuesto de renta.
Además, grava los bienes sin consultar la capacidad que tienen para producir ganancias. Pero, sobre todo, es un error tratar de gravar la riqueza en cabeza de las sociedades, porque éstas no poseen riqueza; la tienen sus dueños. El valor del patrimonio de una sociedad es el que decidan asignarle sus socios; un accionista o socio puede constituir una sociedad con un gran capital o puede organizar muchas sociedades pequeñas a su antojo.
Resulta más equitativa la idea de la sobretasa al impuesto CREE, que trae el proyecto, porque al menos grava las utilidades. En este caso el Estado se queda con una parte de las ganancias, no del patrimonio, así sea improductivo. Se justifica más incrementar el CREE, porque su base gravable incorpora algunos de los múltiples beneficios que perforan los recaudos del impuesto de renta.