Si una persona natural realizó su declaración de renta el 08 de septiembre de 2017 y esta le arrojó un saldo a favor, ¿a partir de qué fecha puede tramitar la solicitud de devolución de dicho saldo teniendo en cuenta que la presentó por el sistema IMAS?, ¿cuál es el período de firmeza?
Resueltas 14 de Septiembre de 2017
Diego Guevara, contador público y líder de investigación en temas contables y tributarios, indica que la pregunta va orientada a las declaraciones de renta de personas naturales que corresponden al año gravable 2016, las cuales deben ser presentadas entre los meses de agosto a octubre de 2017.
Así, si una persona natural presentó su declaración de renta por el sistema IMAS y esta arrojó saldos a pagar y se pagó oportunamente, la firmeza sería por seis meses, pero si una declaración del IMAS arroja saldo a favor y el contribuyente toma la decisión de hacer el proceso de devolución, la firmeza será de tres años, contados a partir del momento en que se radica la solicitud de devolución de saldos a favor de conformidad con lo que dispone el Concepto 10705 de junio 16 de 2017.