Respuesta de Juan David Maya a la pregunta
¿Qué efectos genera que una entidad no haya cumplido de manera oportuna con la aplicación de los nuevos marcos contables y a su vez que no presente el formato de conciliación fiscal?
Juan David Maya, experto y consultor en Normas Internacionales de Información Financiera, menciona que de acuerdo con lo estipulado en el artículo 2 de la Ley 1314 de 2009, todo aquel que se encuentra obligado a llevar contabilidad o lo hace de manera voluntaria debe aplicar los nuevos marcos contables según el grupo al cual califica, es decir 1, 2 o 3.
Ahora bien, es de anotar que, si un contribuyente no está cumpliendo de manera oportuna con la aplicación de los nuevos marcos contables, este puede ser sancionado por la superintendencia a la que le corresponda hacer el proceso de supervisión, del mismo modo se precisa que en este caso se puede concluir además que la información contable no sirve de prueba.