Los instrumentos financieros deben reconocerse en la medida en que la entidad que los posee tenga el derecho contractual sobre los flujos de efectivo que generan. A continuación, mencionamos las situaciones establecidas por el Estándar para Pymes que dan lugar a dar de baja el instrumento financiero.
A continuación, daremos respuesta a la siguiente inquietud: ¿En qué casos se debe dar de baja un instrumento financiero?
Para responder a esta pregunta iniciamos mencionando que el Estándar para Pymes contempla en los párrafos 33 a 38 de la sección 11 y en el párrafo 14 de la sección 12 las situaciones en las que es posible dar de baja un instrumento financiero, entre las que se encuentran las siguientes:
Adicional a las situaciones mencionadas anteriormente, Juan David Maya, líder de investigación en Estándares Internacionales aclara que en el evento en que la cuenta por cobrar sea incobrable debe darse de baja, pero no por cumplimiento de la sección párrafo 11.33, sino por el reconocimiento del deterioro que ha sufrido la partida.
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