Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Concepto 6096 de 21-03-2017


DIAN
Concepto 6096
Marzo 21 de 2017

Los bienes descritos en las subpartidas arancelarias 21.06.90.79.00 y 21.06.90.90.00 con un criterio residual, así como todos los bienes mencionados por el legislador sin consideración a su clasificación, y necesarios complementos alimenticios para ser suministrados vía enteral o alimentación enteral o por tubo, se encuentran excluidos del IVA.

Para descargar este documento en PDF, haz clic aquí (268 Kb)

Hay mucho más para ver en Actualícese al iniciar sesión... Iniciar sesión Registro gratuito