Ministerio de Hacienda y Crédito Público
Concepto 039879
Noviembre 23 de 2017
Respecto a la contribución sobre contratos de obra pública, el Ministerio de Hacienda recuerda que su hecho generador es la suscripción de contratos de obra pública con entidades de derecho público; el sujeto activo responsable de su recaudo será la entidad pública contratante y el sujeto activo beneficiario será la nación o la entidad territorial a la que pertenezca la entidad pública contratante (en algunos casos uno y otro son idénticos). Dicho esto, la base gravable será el valor total del contrato y la tarifa será del 5%.