Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Caso de sanción liquidada para persona que presenta declaración extemporánea


Artículo 56, parágrafo 4 de la Ley 1739. Si una persona que presentó su declaración extemporánea liquidándose la sanción, y en este momento la va a corregir porque omitió un ingreso, ¿qué pasa con la sanción liquidada inicialmente?

Material Relacionado

Hay mucho más para ver en Actualícese al iniciar sesión... Iniciar sesión Registro gratuito