DIAN
Concepto 007071
Marzo 29 de 2017
El impuesto sobre las ventas, pagado en la adquisición de bienes o servicios que no deba ser tratado como descontable, será deducible del impuesto sobre la renta, siempre y cuando cumpla con los presupuestos establecidos en el artículo 107 del ET y demás condiciones fijadas en el capítulo V, título I del ET.