DIAN
Concepto 009729
Abril 26 de 2017
La DIAN precisa que el distribuidor minorista, al momento de la compra de bienes –combustible de aviación–, no tendrá la oportunidad de solicitar la devolución del IVA, ya que al momento de la respectiva transferencia por el distribuidor mayorista, este lo enajena en calidad de bien excluido del impuesto.