Corte Suprema de Justicia
Sentencia SL-24442017 (52501)
Febrero 22 de 2017
Al determinar el derecho a la pensión de sobrevivientes no es procedente exigir que la compañera permanente acredite la disolución de su propio vínculo matrimonial al momento del deceso del causante a través de la separación legal y definitiva de cuerpos y de bienes, pues la relación entre esposos también tiene ruptura en eventos materiales de dejación definitiva de la comunidad de vida.