En Colombia, el concepto de Administración, Imprevistos, Utilidad – A.I.U., se utiliza para la determinación del impuesto sobre las ventas en algunos servicios determinados. Aunque no existe una norma o ley que reglamente el A.I.U, el mismo representa una parte de los costos indirectos necesarios en la ejecución del contrato.
Como ya se mencionó, la sigla A.I.U corresponde a Administración, Imprevistos, Utilidad, constituyendo cada una de ellas una parte específica de los costos en la ejecución de un contrato:
La Administración representa los costos indirectos indispensables para la correcta ejecución del proyecto, y que se necesitan de manera permanente en el desarrollo del mismo; tal es el caso de los honorarios, los impuestos, los arrendamientos, los costos de personal, entre otros.
Los Imprevistos son un valor presupuestado con el fin de cubrir posibles sobrecostos que se le puedan generar al contratista, durante la ejecución del proyecto; es necesario señalar, que dichos imprevistos hacen parte del riesgo normal de cada contrato.
La Utilidad representa la ganancia que espera obtener el contratista por el cumplimiento de sus obligaciones en la ejecución del proyecto.
Los servicios y actividades en los cuáles se aplica la figura del A.I.U. en Colombia, son los siguientes:
Servicios integrales de aseo y cafetería, de vigilancia, de trabajo temporal, y los servicios prestados por las Cooperativas y Pre-cooperativas de Trabajo Asociado CTA.
Los servicios de vigilancia, supervisión, conserjería, aseo y temporales de aseo, prestados por personas jurídicas sin ánimo de lucro, que se encuentren bajo cualquier naturaleza jurídica de las previstas en el numeral 1 del artículo 19 del E.T.
Más de 900 formatos en Excel para descargar. Cientos de charlas y conferencias sobre temas contables, tributarios, laborales y administrativos. Revistas, libros, cursos y recursos exclusivos.
O regístrate gratis para recibir el Boletín de Actualización diario (con accesos a muchos recursos gratuitos)