¿Se puede descontar un saldo a favor en renta de la declaración del año gravable 2014 en la declaración de renta del año gravable 2016, aun cuando no se presentó la declaración por el año 2015?
Resuelta 13 de Julio de 2017
Diego Guevara, contador público y líder de investigación en temas contables y tributarios, aclara que los saldos a favor pueden ser solicitados en compensación o imputados en el período siguiente.
Ahora bien, si la persona natural obtuvo un saldo a favor en la declaración de renta por el año gravable 2014, y no presentó la declaración de renta del año 2015, lo único que puede hacer es pedir el saldo a favor en devolución dentro del plazo límite, es decir, dentro de los dos años siguientes al plazo para declarar.