¿Cuál es el tratamiento tributario para una persona que fue beneficiaria de un crédito otorgado por Colciencias para estudios durante varios años, el cual tiene la característica que podría, previo cumplimiento de requisitos, ser condonable en un 100% lo cual se determinaría un año después del período del crédito? ¿Cuándo se puede entender que es un ingreso en este caso? ¿El total del crédito que compila varios años se juntaría en el momento de la condonación y se le daría trato de ingresos?