Tengo entendido que el Revisor Fiscal tiene el derecho a asistir a las reuniones o asambleas sin que sea invitado. Ahora bien, ¿cómo ejercer control en estas si no asiste? ¿Cómo velar por qué se sigan los ordenamientos estatutarios y legales?
Responde:
Dr. Alexander Coral (Líder de Investigación Legal de actualicese.co)