Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta
¿Puede una entidad efectuar un préstamo a un socio por valor de 100 millones de pesos sin el cobro de intereses? ¿qué efectos fiscales genera dicha decisión?
Resueltas julio 25 de 2018
Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios menciona que para atender la consulta se debe estudiar lo dispuesto en el artículo 35 del Estatuto Tributario, disposición normativa que establece que cuando una entidad realiza un préstamo a un socio, sin pactar intereses, a la hora de presentar la declaración se deben calcular unos intereses presuntivos, los cuales deben ser reconocidos con una tasa anual que para el año gravable 2018 fue del 5,21 % de acuerdo con lo indicado en el artículo 4 del Decreto 569 de marzo 23 de 2018.