¿Cómo se maneja el pago y el IVA cuando se adquiere un servicio a un régimen simplificado?
Resuelta 01 de Junio de 2017
El Dr. Diego Guevara señala que la Ley 1819 de 2016, mediante el artículo 376, derogó el numeral 4 de artículo 437-2 del Estatuto Tributario, por lo tanto, a partir de enero de 2017 a las nuevas compras que se hagan a las personas naturales del régimen simplificado del IVA ya no se les aplica la retención de IVA asumido.
Es importante precisar que lo que sí sigue vigente que el comprador que pertenezca al régimen común sí tiene que hacer el documento equivalente, debido a que las personas del régimen simplificado del IVA no expiden factura de venta.