¿Cómo deben reportarse los activos que han finalizado su vida útil, pero que por sus óptimas condiciones la entidad ha tomado la decisión de seguirlos empleando en el desarrollo de la actividad generadora de renta?
Si ya tienes una suscripción Actualícese, solo debes iniciar sesión para que puedas acceder a la información, si aún no cuentas con una suscripción, te invitamos a que conozcas todos los beneficios de ser parte de nuestra comunidad AQUÍ.
Si te interesa solo comprar este artículo, lo puedes hacer en el siguiente enlace:
Comprar este artículo