El artículo 285 de la Ley 1819 de 2016 modificó el inciso primero del artículo 644 del ET; por este motivo, si se corrige la declaración tributaria antes del vencimiento del plazo para declarar no deberá liquidarse ni pagarse la sanción por corrección. Las demás disposiciones no sufrieron cambios.
La nueva versión del artículo 23 del ET, modificado por el artículo 145 de la Ley 1819 de 2016, enuncia cuáles son las entidades no contribuyentes y declarantes de ingresos y patrimonio. La versión anterior de dicho artículo indicaba las otras entidades que no eran contribuyentes de renta.
Con la modificación que sufrió el artículo 22 del ET a través del artículo 144 de la Ley 1819 de 2016, este pasó a señalar cuáles son las entidades no contribuyentes del impuesto sobre la renta y que además no se encuentran en la obligación de presentar la declaración de ingresos y patrimonio.
La Ley de reforma tributaria estructural 1819 de 2016, contempla que a partir de la vigencia 2018 se hará uso de un formulario único nacional para declarar y pagar el impuesto de industria y comercio, además, otorgó potestad a los concejos municipales para establecer un sistema preferencial.
Mediante el artículo 159 de la Ley de reforma tributaria 1819 de 2016 se adicionó el artículo 364-2 del ET y con ello se establecieron qué tipos de actos o circunstancias pueden considerarse como un abuso del régimen tributario especial y puede dar lugar a que la entidad sea excluida de este.
Mediante el Acuerdo 0410, de mazo 3 de 2017, el Concejo de Santiago de Cali reglamentó, para esta ciudad, los siguientes incentivos establecidos por la reforma tributaria: la conciliación de sanciones e intereses, la terminación por mutuo acuerdo y la condición especial de pago.
Mediante el artículo 358 de la Ley de reforma tributaria 1819 de 2016 se le dio la facultad al jefe de rentas o director de impuestos departamental de solicitar la inmovilización del vehículo cuando existan deudas pendientes de pago por concepto de impuesto de vehículos con cargo a este.
El artículo 640 del ET, modificado por el artículo 282 de la Ley 1819 de 2016, contempla, entre otros aspectos, la posibilidad de que los contribuyentes reduzcan el valor de sus sanciones. Estos, al analizar si pueden o no acceder a dicho beneficio deben tener en cuenta una serie de conceptos.
Según Oficio 900212 de febrero 28 de 2017, para el suministro de tiquetes entre la entidad estatal y la agencia de viajes aplica la tarifa general del IVA vigente al momento de su celebración. Esto no aplica cuando la agencia actúa como intermediaria entre la entidad del Estado y la aerolínea.
Mediante el Oficio 901902 de marzo 09 de 2017 la DIAN ratificó que la tarifa aplicable a la base especial AIU es del 19% y no del 16%, pues esta debe guardar correspondencia con la tarifa general del IVA, la cual ascendió al 19% tras la modificación del artículo 468 del ET.
El artículo 437-2 del ET que estipula quiénes deben actuar en calidad de agentes retenedores del impuesto sobre las ventas fue sujeto a modificación por el artículo 180 de la Ley 1819 de 2016, cambiando y adicionando condiciones bajo las cuales se debería actuar como agente retenedor.
Mediante el artículo 187 de la Ley de reforma tributaria 1819 de 2016 se adicionaron cuatro nuevos servicios al artículo 476 del ET, la mayoría relacionados con las tecnologías de la información. Estos quedaron excluidos del impuesto sobre las ventas desde enero 1 de 2017.