La causación del impuesto es el momento en el cual se materializa el hecho generador que da origen a la obligación tributaria; es decir, es el momento en el cual ocurre la operación económica que permite el nacimiento del impuesto.
En algunas ocasiones, en las ventas que realiza la empresa, se decide aplicar descuentos sobre el precio de venta de algunos artículos. Sin embargo, no siempre el valor del descuento se puede disminuir de la base sobre la cual se aplicará la tarifa para determinar el impuesto sobre la venta.
Los agentes retenedores de IVA se encuentran claramente descritos en los artículos 437-2, 437-4, 437-5 del Estatuto Tributario y en el Decreto 2702 de 2013.
Los impuestos deducibles son aquellos que se tienen en cuenta en la declaración de renta como una partida a descontar de sus ingresos declarados, de modo que disminuyen el monto total sobre el cual se aplicara el impuesto de renta.
De acuerdo con el art. 462-1 del E.T. , los servicios allí mencionados solo generan el IVA sobre el componente AIU. Además, es sobre ese componente AIU sobre el cual se practicarían las retenciones de renta y de IVA. Sin embargo, es el pago total antes de impuestos, y no solo el AIU, el que se debe examinar para saber si se supera o no la cuantía mínima con la cual se decide si se deben practicar las retenciones de renta y de IVA. Así lo indicó la DIAN en su concepto 14697 de marzo de 2014.
Es importante establecer para efectos de la imposición, cuales hechos se consideran venta y que se entiende por prestación de servicios.
La base gravable del IVA está integrada por diversos factores mencionados a continuación:
También puede consultar:
¿Qué es la base gravable del IVA?
¿Cuáles son los factores a excluir de la base gravable del IVA?
¿Qué se considera venta o prestación de servicios para el Estatuto Tributario?
Normatividad utilizada:
Artículo 447, 448 y 453 del Estatuto Tributario
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Existen algunos valores que se deben excluir de la base gravable del IVA al no estar considerados dichos valores como gravados o al ser parte de beneficios otorgados.
Si un contribuyente se inscribe este año 2014 como persona natural régimen común y con responsabilidad del IVA, ¿en qué periodo debe presentar ese IVA? ¿Es bimestral o cuatrimestral?
Los servicios exentos de IVA son aquellas actividades contempladas en la ley como generadoras de IVA pero con una tarifa del 0%.
Los bienes exentos de IVA son aquellos que se encuentran gravados con una tarifa del 0%; tendrán dicha calidad los bienes y servicios que para tal efecto la ley los mencione expresamente.
Los bienes y servicios exentos de IVA son aquellos que se encuentran gravados con una tarifa del cero por ciento (0%). Por esta razón los productores de bienes y prestadores de servicios a los que la ley da dicha calidad, son responsables del IVA y deberán presentar declaración de este impuesto, pero podrán solicitar la devolución, siendo posible para ellos descontar los impuestos que paguen en la adquisición de bienes, servicios e importaciones, que constituyan costo o gasto para producirlos y comercializarlos o para exportarlos.