Tras la aprobación de la reforma tributaria, Ley de crecimiento económico 2010 de 2019, el Gobierno nacional efectuó ciertas modificaciones en cuanto a las normas del IVA e INC.
Entre ellas figuran temas relacionados con el IVA para contribuyentes del régimen simple y el INC para bolsas plásticas.
Las modificaciones que la Ley 2010 de 2019 introdujo al tema del IVA y del INC provocaron que un total de 24 bienes y 5 servicios fueran reclasificados entre los listados de bienes excluidos, exentos o gravados.
A continuación, destacaremos este y otros asuntos respecto a tales novedades.
Importante: responderemos las preguntas que consideramos más importante sobre este tema, estas son recolectadas de nuestros diferentes canales: Redes sociales, comentarios en el portal y capacitaciones presenciales.
La primera cuota del impuesto de renta para grandes contribuyentes se pagará entre el 11 y el 24 de febrero de 2020.
Declaración y pago de retención en la fuente también se iniciará en febrero.
En el mes de marzo comenzará el pago bimestral del IVA.
Recaudo del IVA como porcentaje del PIB solo se ha incrementado en 0,4 puntos porcentuales, pasando de 5,3 % a 5,7 % entre 2016 y 2018.
Impuestos como el 4 x 1.000 obstaculizan acceso al crédito, distorsionan actividades del mercado de capitales y promueven economía informal.
Tras la aprobación de la Ley de crecimiento económico aplicable a partir del 1 de enero de 2020, es importante que los profesionales contables estén a la vanguardia de todas las novedades que se introdujeron y que, por consiguiente, impactan su ejercicio profesional.
Conozca más detalles a continuación.
Servicios médicos, odontológicos, hospitalarios, clínicos y de laboratorio estarían excluidos del IVA.
Continúa adelante la idea de la devolución del IVA para las familias de más bajos recursos.
No está claro cómo se controlará el destino de la cifra que se le vaya a entregar a las familias.
El director de la Dian, José Andrés Romero, ha dicho que de 74 billones de pesos que se otorgan en beneficios tributarios, 54 billones están relacionados con el IVA.
Aun así, el ingreso a la bolsa pública proveniente del recaudo de este gravamen es el segundo más alto después del impuesto de renta. Y eso que […]
Los artículos 815 y 850 del ET indican las condiciones para que un saldo a favor sea compensable o solicitado en devolución.
Estas no incluyen la posibilidad de que los saldos generados en el exceso de IVA descontable sobre el generado, y que se causaron con la misma tarifa sean solicitados en devolución.
La Dian ve con buenos ojos la propuesta, y los colombianos contarían con fechas puntuales para aliviar su bolsillo.
Los días puestos a consideración son el 6 de enero, el 20 de julio y el segundo sábado de diciembre. A esperar cómo reciben la iniciativa el Senado y la Cámara de Representantes.
Quienes liquiden saldos a favor en su declaración de renta podrán presentar la solicitud de devolución ante la Dian, teniendo en cuenta las especificaciones de los artículos del 850 al 865 del ET, así como lo dispuesto en la Resolución 000151 de 2012 y el Decreto 2277 del mismo año.
El impuesto al consumo para inmuebles, la tarifa del IVA y el ICA son algunos tributos que según Fedesarrollo y Anif se deben analizar para que se aumente el recaudo.
Ya se conocen una serie de puntos que no se manejarían en la nueva propuesta. ¿Se cumplirá con la meta del recaudo para el 2020?