En este consultorio, el Dr. Diego Guevara, especialista en temas contables y tributarios resuelve inquietudes relacionadas con la bancarización, el régimen simple de tributación, los beneficios en renta para las Zese, las ventas en el tercer día sin IVA y otros temas de actualidad.
¿Cuál ajuste se realizó recientemente al formato 2669 v.2 para el reporte de las ventas sin IVA de noviembre 21 de 2020?
¿En el 2021 cómo se seguirán practicando retenciones de renta y de IVA a los acogidos a procesos de insolvencia de la Ley 1116 de 2006?
En febrero vencen algunas de las obligaciones fiscales más importantes de 2021, tales como la primera cuota del impuesto de renta para grandes contribuyentes y la declaración anual del IVA.
Por tal motivo es importante tener en cuenta los vencimientos de cada una, para cumplir con tales obligaciones.
¿Cuál es el listado de bienes y servicios exentos del IVA para el 2021?
El 29 de enero de 2021 la Dian finalmente publicó el prevalidador que permitirá realizar, a más tardar el 1 de marzo de 2021, el reporte exigido con la Resolución 000106 de noviembre 27 de 2020, modificada con la Resolución 000116 de diciembre 24 de 2020.
Dicho reporte corresponde a las ventas realizadas en el tercer día sin IVA.
Los saldos a favor que puedan formar quienes sigan vendiendo los insumos médicos exentos del IVA del Decreto Ley 551 de 2020 ahora sí podrán solicitarse en devolución.
Así lo dispuso el artículo 28 de la Ley 2069 de diciembre 31 de 2020, norma que fue expedida con un yerro mecanográfico.
Dian expide el Concepto 0065 de 2021, mediante el cual se pronuncia respecto a los elementos que deben ocurrir para que proceda la exclusión del IVA sobre contratos de obra pública.
Así pues, de acuerdo con el concepto en mención y a la luz del artículo 100 de la Ley 21 de 1992, para la procedencia de la exclusión del IVA en mención, deben darse los siguientes elementos:
• La parte contratante debe corresponder a una entidad territorial y/o una entidad descentralizada del orden departamental o municipal; en otras palabras, se trata de un sujeto calificado.
• A diferencia de la parte contratante, de la parte contratista no se exige calificación alguna, de manera que puede ser una persona natural y/o jurídica, las cuales, adicionalmente, pueden actuar en desarrollo de una figura asociativa.
• Es menester que el contrato celebrado sea uno de obra pública, en los términos del artículo 32 de la Ley 80 de 1993.
A continuación, se despejan dudas relacionadas con la forma correcta de realizar el cobro de la retención en la fuente, obligación fiscal que debe ser presentada ante la Dian mensualmente diligenciando el formulario 350.
Mediante las leyes 2069 y 2070 de diciembre 31 de 2020, el Gobierno nacional estableció una serie de beneficios tributarios con el fin de propiciar el emprendimiento y el crecimiento empresarial, así como la reactivación del sector cultural y la economía creativa en el territorio nacional.
Así lo dispuso el artículo 45 de la Ley 2068 de diciembre 31 de 2020.
Esta medida subsana el problema tributario que se había generado con el Decreto Ley 789 de 2020, el cual señaló que el servicio hotelero pasaba de gravado a excluido, implicando que el IVA de costos y gastos no fuera descontable.
Para la entidad es fundamental implementar una reforma estructural en el frente fiscal para acelerar el proceso de reactivación, mantener el grado de inversión y alcanzar un mayor crecimiento potencial.