Desde 2019 todas las empresas en el país deberán emitir factura electrónica de las ventas y comercialización de sus productos. Queda menos de año y medio para que el 100 % de la facturación sea obligatoriamente electrónica en el país. Grandes contribuyentes deberán adoptarla antes de 2019.
La consultora suiza Billentis, que una vez al año elabora un reporte global de facturación electrónica, estima que en el año 2019 en Colombia habrá cerca de 800.000 empresas que tendrán que implementar la facturación electrónica, y aunque se requieren grandes inversiones, se estima que los costos de emisión de estos documentos se reducen entre un 50 % y un 80 %. Es más, desde la firma consultora se estima que la inversión se recupera durante los seis primeros meses siguientes.
El documento asegura que como sistema de gestión, esta modalidad de facturación convierte el proceso manual de emisión y recepción de facturas en un proceso de intercambio de información electrónica, generando agilidad, reducción en las equivocaciones y disminución de costos.
Otro punto positivo de la facturación electrónica es que responde a la política de cero papel, la cual busca que se disminuya el uso de este recurso para contribuir con la conservación del medio ambiente.
En cuanto a costos, desde la Dian se calcula que la emisión de una factura electrónica cuesta $820, versus una física que vale alrededor de $2,650; con lo cual se logra una muy notable reducción de gastos para este rubro.
Con este modelo de facturación se simplifica la operación, se disminuyen costos, se facilita el acceso a datos y se obtienen procesos más transparentes y eficientes en el flujo de la información que se establece entre el Gobierno y las empresas.
Con corte al 21 de julio de 2017, la Dian ya autorizó a 31 empresas para prestar los servicios como proveedor tecnológico de factura electrónica. De esta forma el Gobierno busca aumentar la eficiencia y competitividad entre las empresas colombianas. Se busca abandonar viejas prácticas y permitir que la factura electrónica circule en condiciones de mercado, evitando de este modo la fijación particular y arbitraria de la tasa de descuento.
La generación de esta herramienta se puede hacer por medio de un sistema de facturación del contribuyente o contratando los servicios de un proveedor tecnológico, según lo establecido en el Decreto 2242 de 2015.