Artículo 162


Artículo 162. Sistemas para su determinación. La deducción por agotamiento podrá determinarse a base de estimación técnica de costo de unidades de operación o a base de porcentaje fijo.

El contribuyente podrá elegir el sistema para calcular el agotamiento; escogida una de las dos bases, sólo podrá cambiarla por una sola vez, con autorización de la Dirección General de Impuestos Nacionales.

 

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Concordancia

Artículos 161, 165 y 166 del ET.

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