El CTCP realiza una propuesta dirigida a los ministerios de Hacienda y Crédito Público y el de Comercio, Industria y Turismo, en la que solicita una actualización de las normas técnicas contables que aplican a entidades del grupo 1. En este editorial le explicamos los motivos de dicha solicitud.
El pasado 16 de agosto de 2018, el CTCP expuso en su página web su propuesta dirigida a los ministerios de Hacienda y Crédito Público y el de Comercio, Industria y Turismo, en la que explica las razones por las cuales se requiere una actualización de las normas aplicables a las entidades del grupo 1 expuestas en el anexo 1 del DUR 2420 de 2015 y 1.1 del Decreto 2496 de 2015, las cuales han sido modificadas en reiteradas ocasiones (Decretos 2131 de 2016 y 2170 de 2017).
Si bien la carta enviada por el CTCP a los ministerios, no se puede visualizar correctamente y presenta problemas para su descarga, de la información adjunta se puede precisar que dichos cambios no corresponden a modificaciones en los lineamientos específicos de la aplicación de las normas técnicas, sino que se refieren a ajustes editoriales de la traducción, los cuales no conllevan a correcciones en la norma y, por tanto, no justifican emitir un documento para su discusión pública.
De acuerdo con esto, el CTCP comparte diferentes carpetas con la inclusión de todas las normas aplicables a entidades del grupo 1 y concluye que este decreto podría tener aplicación a partir del 1 de enero de 2019 y debería ser tenido en cuenta en la preparación de los estados financieros de propósito general que empiecen en dicha fecha. Cabe anotar que según los plazos que fueron establecidos en el artículo 14 de la Ley 1314 de 2009:
“Las normas expedidas conjuntamente por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo entrarán en vigencia el 1 de enero del segundo año gravable siguiente al de su promulgación, a menos que en virtud de su complejidad, consideren necesario establecer un plazo diferente”.
En concordancia con este requerimiento y con el fin de que usted tenga presente la ruta normativa de los decretos que contienen las normas técnicas y de aseguramiento de la información que el CTCP recomienda actualizar. A continuación, mencionamos los antecedentes y normas emitidas hasta el momento.
Con el fin de atender los requerimientos de emisión de información regulados a nivel internacional, hablar un mismo idioma en materia contable y con el afán de mejorar los lazos comerciales con el resto de los países, se tomó la decisión en Colombia de adoptar las Normas de Información Financiera y las Normas de Aseguramiento de la Información. Fue a través del proyecto de decreto generado en 2007 cuando estas fueron adoptadas, posteriormente, el 20 de julio de 2009, se dio origen a la Ley 1314.
Dicha ley expuso la obligatoriedad de la aplicación de los nuevos marcos técnicos normativos, la independencia de estas normas con relación a las normas tributarias, las facultades de las entidades de supervisión, regulación y normalización técnica, entre otras disposiciones, y a partir de su emisión se generaron diferentes decretos, entre estos:
Como consecuencia de la expedición de tantas normas relacionadas con la emisión, auditoría y revisión de información financiera, el Ministerio de Comercio Industria y Turismo crea el 14 de diciembre de 2015 el DUR 2420 para compilarlas, de esta manera se reúnen todas las normas reglamentarias de la Ley 1314 de 2009 mencionadas en los anteriores ítems y expone 4 anexos técnicos:
Sin embargo, a los nueve días de expedida esta norma, emite el Decreto 2496 de 2015 que realiza modificaciones a las normas aplicables a los grupos 1 y 2, de manera que al DUR 2420 de 2015 se le incorpora el anexo 1.1 para emisores de información financiera de grupo 1 y el anexo 2.1 para las pymes. Luego de este Decreto se emitieron otros cuantos que describimos a continuación.