El contrato de adhesión se encuentra definido en la Ley 1328 de 2009, en la que se establece que es un contrato elaborado unilateralmente por la entidad vigilada y cuyas cláusulas y/o condiciones no pueden ser discutidas libre y previamente por los clientes, limitándose estos a expresar su aceptación o a rechazarlos en su integridad.
Algunos ejemplos del contrato de adhesión son los llamados contratos de suministro de servicios públicos tales como: energía eléctrica, agua corriente, gas, telefonía, entre otros; y/o la mayoría de los contratos de seguro y contratos bancarios.
Características:
Las cláusulas o estipulaciones del contrato de adhesión no pueden:
Para los casos en los que se estipulen o utilicen cláusulas abusivas en un contrato de adhesión, se entenderá por no escrita o sin efectos para el consumidor financiero.