En lo referente a quiénes deben presentar la declaración anual del IVA, la ley estipula en el artículo 27 del Decreto 2623 del 17 de diciembre del 2014, que las personas naturales y jurídicas responsables de este impuesto que hayan obtenido ingresos iguales o menores a 15.000 UVT ($412.275.000) en el año gravable 2014, deben presentar la declaración de IVA de forma anualizada; también el mismo artículo menciona que dichos declarantes deberán tener en cuenta que deben hacer dos anticipos cuatrimestrales del 30%, calculados sobre el total del saldo a pagar por el impuesto, y un pago final del restante por pagar de dicho impuesto.
Solo si el responsable no obtiene saldo a favor, no deberá hacer abonos, ni los anticipos mencionados en el párrafo anterior de este artículo.
Los plazos para el pago de los mencionados anticipos van acorde al último dígito de su identificación, sea NIT o Cédula de ciudadanía; estos fueron decretados así:
Normatividad utilizada:
Decreto 2623 de 2014