Ministerio de Trabajo
Concepto 159801
16-09-2014
Las cotizaciones al sistema de Seguridad Social en Pensiones de los trabajadores que hayan pactado su remuneración bajo la modalidad de salario integral, se calculará sobre el 70% de dicho salario, que no podrá ser inferior a 10 SMMLV más el 30% que corresponde a factor prestacional.