Una persona que en sus cuentas no es declarante de renta en Colombia porque su patrimonio es de $50 millones, y por ende nunca declaró, pero tiene unos ahorros en el exterior mayores a $400 millones, ¿debe acogerse a la normalización tributaria?
Resuelta 13 de junio de 2017
Diego Guevara, contador público y líder de investigación en temas contables y tributarios, indica que para dar respuesta al interrogante se debe validar lo dispuesto en el artículo 9 y 10 del Estatuto Tributario.
De la normatividad mencionada se destaca lo señalado en el artículo 9 del ET, norma que se refiere a:
“Impuesto de las personas naturales, residentes y no residentes.
Las personas naturales, nacionales o extranjeras, residentes en el país y las sucesiones ilíquidas de causantes con residencia en el país en el momento de su muerte, están sujetas al impuesto sobre la renta y complementarios en lo concerniente a sus rentas y ganancias ocasionales, tanto de fuente nacional como de fuente extranjera, *y a su patrimonio poseído dentro y fuera del país”.