Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Aplicación de normalización tributaria por declarante en Colombia con ahorros en el exterior


Una persona que en sus cuentas no es declarante de renta en Colombia porque su patrimonio es de $50 millones, y por ende nunca declaró, pero tiene unos ahorros en el exterior mayores a $400 millones, ¿debe acogerse a la normalización tributaria?

Resuelta  13  de  junio  de 2017

Diego Guevara, contador público y líder de investigación en temas contables y tributarios, indica que para dar respuesta al interrogante se debe validar lo dispuesto en el artículo 9 y 10 del Estatuto Tributario.

De la normatividad mencionada se destaca lo señalado en el artículo 9 del ET, norma que se refiere a:

“Impuesto de las personas naturales, residentes y no residentes.

Las personas naturales, nacionales o extranjeras, residentes en el país y las sucesiones ilíquidas de causantes con residencia en el país en el momento de su muerte, están sujetas al impuesto sobre la renta y complementarios en lo concerniente a sus rentas y ganancias ocasionales, tanto de fuente nacional como de fuente extranjera, *y a su patrimonio poseído dentro y fuera del país”.

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