Quién hace la retención
1. Las personas naturales que efectúen pagos, sin importar ninguna característica en especial (es decir, sin importar si es comerciante o no, con patrimonio grandes o pequeños, con ingresos grandes o pequeños), son agentes de retención a título de renta y complementarios cuando cancelen “rentas de trabajo” (salarios, honorarios, comisiones, servicios, emolumentos) a todo el que califique en el universo de los “empleados”. Igualmenteen todos los casos en los que el beneficiario sea un “no residente” en Colombia. De otra parte, para que queden obligados a actuar durante el 2014 como agentes de retención a título de renta y complementarios , cuando el beneficiario sea un “residente” en Colombiay por los conceptos de honorarios, comisiones, servicios , arrendamientos, rendimientos financierosy compras se exige que la persona natural que hace el pago cumpla con la totalidad de los dos siguientes requisitos:
• Ser comerciante obligado a llevar libros de contabilidad
• Haber tenido a diciembre 31 de 2013 un patrimonio bruto o unos ingresos brutos superiores a30.000 UVT x $26.841, que equivalen a$ 805.230.000