Compra de un vehículo híbrido para uso personal no permite tomar la deducción especial de la Ley 1715 de 2014
Aquí hablaremos sobre...
- Requisitos de la deducción especial
- ¿Por qué la deducción no aplica a la compra de vehículos personales?
Así lo indicó la Dian en su concepto 1188 del 5 de agosto de 2025. La deducción solo se concede a quienes realicen inversiones en fuentes generadoras de energía utilizando fuentes no convencionales, tales como la biomasa, o la energía nuclear o eólica. El pasado 5 de agosto de 2025 la Dian expidió su Concepto 1188 para confirmar que la compra de vehículos híbridos o eléctricos para uso personal no permite hacer uso de la deducción especial en el impuesto de renta la que se refiere el artículo 11 de la Ley 1715 de 2014. En dicha norma (reglamentada con lo dispuesto en los artículos 1.2.1.18.70 hasta 1.2.1.18.79 del DUT 1625 de 2016) se dispone lo siguiente (los subrayados son nuestros): Requisitos de la deducción especial Artículo 11. Incentivos a la generación de energía eléctrica con fuentes no convencionales –FNCE – y a la gestión eficiente de la energía. <Artículo modificado por el artículo 8 de la Ley 2099 de 2021. El nuevo texto es el siguiente:> Como fomento a la investigación, el desarrollo y la inversión en el ámbito de la producción de energía con fuentes no convencionales de energía –FNCE– y de la gestión eficiente de la energía, incluyendo la medición […]

