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Para la elaboración del formato 1003 de información exógena con la relación de las retenciones a título de renta o de IVA practicadas en el 2023, debe considerarse lo que sucedería si se aplicaron normativas tributarias que permiten postergar su uso hasta el año 2024.
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La Dian ha recibido quejas de compradores cuyas facturas electrónicas del año 2023 reflejan un medio de pago incorrecto.
Estos errores podrían impedir el acceso al nuevo beneficio fiscal de la deducción del 1 % de gastos personales para personas naturales por compras con tarjetas débito o crédito.
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En la declaración de renta de personas naturales AG 2023 se aplicarán por primera vez cerca de 19 novedades introducidas con la Ley 2277 de 2022 y sus decretos reglamentarios.
Adicionalmente, se deberán tener en cuenta los nuevos formularios y formatos de conciliación fiscal, entre otras novedades.
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Como algo nunca visto, de acuerdo con el calendario tributario del año 2024 del Decreto 2229 de diciembre de 2023, más lo establecido en la Resolución 001255 de 2022, en mayo de 2024 se vencerán 14 obligaciones tributarias diferentes, incluida la presentación de información exógena tributaria.
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En su Concepto 603 emitido el 27 de marzo de 2024, la Dian revierte una posición mantenida durante años al declarar que en operaciones de retiro de inventarios para autoconsumo sin un verdadero ‘adquirente’, ya no es obligatorio emitir una factura de venta.
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A partir del año gravable 2023 deberán registrarse y reportarse de forma especial los pagos que forman ingresos en especie a las personas naturales.
La contabilización debe modificarse para reconocer y luego reportar correctamente la información exógena de la persona beneficiada.
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De acuerdo con lo indicado en su Resolución 001253 de octubre 24 de 2022, antes de que finalice el año 2024, la Dian deberá actualizar su listado de grandes contribuyentes utilizando principalmente los datos que hayan quedado consignados en las declaraciones de renta del año gravable 2023.
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Mediante su comunicado 019, la Dian informó sobre la suspensión en el registro de cerca de 4 millones de inscritos en el RUT.
La Dian informó que esta decisión provocará que tales contribuyentes no puedan expedir facturas electrónicas ni realizar otras operaciones ante la entidad.
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Como un hecho nunca visto, la Dian expidió su Comunicado 020 de abril 13 de 2024 para declarar la contingencia en el uso virtual del formulario 260 del año gravable 2023, el cual llevaba menos de 24 horas de haber sido liberado en la plataforma Muisca, pero presentó múltiples fallas.
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La Dian indicó que en los cálculos de la tasa mínima de tributación de quienes consolidan estados financieros no se deben tomar en cuenta ni los impuestos depurados ni las utilidades depuradas de los miembros del grupo que no estén sujetos a tributar con las normas de los artículos 240 y 240-1 del ET.
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Las personas naturales no residentes que obtuvieron en Colombia ingresos brutos durante el 2023 superiores a $59.376.000 y no se les practicó retenciones en la fuente, figuran entre las obligadas a declarar solo de forma virtual en el formulario 110.
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A través de la Resolución 00061 de 2024, la Dian prescribió un nuevo formulario 260 para las declaraciones del SIMPLE del AG 2023, en el cual se aplicarán los efectos de la Sentencia C-540 de 2023.
La nueva norma no indica lo que sucedería con el anterior formulario de la Resolución 008737 de 2023.
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